domingo, 26 de junio de 2016

Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares


Publicada el 5 de julio de 2010 por el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Tiene como objetivo:
•Proteger los datos personales en posesión de los particulares 
•Regular su tratamiento legítimo, controlado e informado para garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Las instituciones que retienen información personal deben ser responsables de salvaguardar los datos personales de sus clientes para que solo sean utilizados para los fines autorizados, además de responder por las consecuencias de fallar en este deber.

Se organiza en 11 capítulos:


Y Se estructura en:
  • Principios
  • Derechos ARCO
  • Procedimientos
Principios



Derechos ARCO:


Derechos, que definen cómo el titular de los datos personales puede ejercer unos derechos que concretan los principios teóricos en los que se basa la ley: 
Acceder a sus datos personales y al aviso de privacidad 
Rectificar inexactitudes en los datos personales del titular. 
Cancelar sus datos personales 
Oponerse al tratamiento de los datos personales cuando exista una causa legítima

Procedimientos

De los que se tienen dos tipos: el procedimiento de protección de datos y el procedimiento de verificación. 
• El primero establece el mecanismo mediante el cual el titular podrá reclamar la protección de los derechos ARCO ante el IFAI (Instituto Federal de Acceso a la Información). 
•El procedimiento de verificación tiene por objetivo comprobar el cumplimiento de la ley y de la normativa que se desarrolle (p. ej. el reglamento).



Multas por desacato a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

El 6 de junio del 2013 se dio a conocer en los diferentes medios de comunicación un supuesto “espionaje” el cual obedece a un plan de vigilancia cibernética desarrollado por el gobierno de Estados Unidos. Esta noticia fue filtrada por el norteamericano, Edward Joseph Snowden, ex operador de la CIA y consultor de la Agencia Nacional de Inteligencia (NSA, por sus siglas en inglés).

Hay quienes aseguran que las compañías de Facebook, Twitter, Yahoo, Google, Apple, Skype, YouTube y AOL , que son los sitios más visitados alrededor del mundo, dieron acceso a la NSA, para obtener información útil sobre sus usuarios, lo que, sin duda alguna repercute en el respeto a la privacidad y a la protección de sus derechos fundamentales.

En la Cd. de México, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), sancionó a algunas instituciones, con multas que ascienden de uno hasta 16 millones de pesos, por no apegarse a la normativa de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), que garantiza la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas, y que están obligados tanto personas físicas como morales de carácter privado que lleven a cabo el tratamiento de los datos personales.

Entre las empresas multadas están:
  • Sport City, S.A. C.V., con una sanción de un millón 246 mil 600 pesos
Por no señalar en el Aviso de Privacidad las opciones y medios que deben ofrecer a los titulares para ejercer los derechos ARCO (Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición). 
  • Pharma Plus, S.A. C.V., con una multa de 2 millones 45 pesos
Por la violación al principio de información, al omitir el Aviso de Privacidad.
  • Caja Popular Cristo Rey, S.C. de R.L. de C.V., con una multa de 2 millones 181 mil 550 pesos
Por recabar datos de carácter financiero y patrimonial, sin contar con el consentimiento del titular y no dar opciones a los titulares del ejercicio de sus derechos.

  • Médico Particular, con una sanción de 41 mil 874 pesos
Por haber transferido datos personales sensibles sin contar con el consentimiento del titular y por omitir las opciones para limitar sus datos en su Aviso de Privacidad.
  • Banco Nacional de México (Banamex), cinco multas por un monto total 16 millones 155 mil 936 pesos
Por negar la tramitación y respuesta a una solicitud de cancelación y oposición de datos personales, sin razón fundada.

La LFPDPPP es la encargada de proteger nuestra información, al igual de que es responsabilidad de nosotros el exigir todo tipo informes sobre como se usara la información y por cuanto tiempo.

El proteger los datos  aseguramos nuestra identidad, patrimonio, seguridad y privacidad. Por lo tanto es necesario conocer a las instituciones que se encargan de que se cumpla esta ley, una de ellas es el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
 

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